martes, 28 de agosto de 2012

Declaración de los Pueblos Indígenas de Abya Yala.


Abya Yala- Declaración de los Pueblos Indígenas de Abya Yala. (24ag12-ayi)
Lima, Perú, 24 de agosto de 2012.

Los representantes de los pueblos indígenas de Abya Yala, articulados en la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica- COICA, la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI, el Consejo Indígena de Centro América CICA, el Consejo Indígena de Meso América CI
MA, la Red de Mujeres Indígenas por la Biodiversidad RMIB, el Consejo de Todas las Tierras, Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas, los representantes del Pueblo Saramaka y otros delegados de Pueblos Indígenas que suscriben esta resolución, en el marco del desarrollo del “Diálogo Regional de Pueblos Indígenas y el Fondo Cooperativo para el Carbono Forestal (FCPF) del Banco Mundial”, efectuado en Lima, Perú del 22 al 24 de agosto del 2012, luego de haber desarrollado un profundo análisis sobre la política de los gobiernos en relación a la elaboración, implementación y aplicación de la política de REDD+, en la región.

Considerando que la implementación de los procesos REDD+ en Abya Yala ha significado la violación de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas; reiteramos al Banco Mundial, al FCPF y a su Comité de Participantes, nuestras propuestas generales siguientes.

Hemos revisado la Política Operativa 4.10 del Banco Mundial sobre Pueblos Indígenas. A este respecto las experiencias nos reportan que tales políticas no cubren las diversas situaciones en materia de derechos colectivos que afectan a los Pueblos Indígenas en los países de la región y que debe ser armonizada con la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).

Los Pueblos Indígenas reiteramos que dicha Declaración (DNUDPI), es el instrumento que estipula derechos mínimos y al mismo tiempo constituye una herramienta elemental para el diálogo nacional y multilateral basado en la buena fe. Sin embargo, este instrumento no ha sido respetado ni aplicado por los gobiernos en muchas partes de la región. De la misma forma y a pesar de las limitantes del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT, sigue siendo un instrumento válido que se debe respetar, promover y aplicar.
Asi mismo, los estados y la banca multilateral, deben respetar la jurisprudencia (Casos Saramaka, Awas Tigni, Sarayaku, entre otros) sobre Derechos de los Pueblos Indígenas que va estableciendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y que hace parte de los “acuerdos internacionales” que comprometen a los estados latinoamericanos.
En relación a la armonización de la normativa interna de cada país con sus obligaciones internacionales de derechos humanos de los pueblos indígenas, exigimos que todo esto sea un requisito previo a la aprobación de los proyectos de REDD+ en nuestros países.

Los Pueblos Indígenas ratificamos el derecho inherente e imprescriptible sobre nuestras tierras, territorios y sus recursos, basados en el artículo 28º de la DNUDPI.

Los Pueblos Indígenas reiteramos el derecho a la Libre determinación que nos asiste y que ha sido reconocido recientemente por la resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas para la implementación Universal de dicho derecho y del mismo modo reconocido en el artículo 3º de la DNUDPI, así como en la “Declaración del Derecho al Desarrollo” y como lo estipula inequívocamente el artículo 1º del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 1º del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Asi mismo, señalamos las propuestas siguientes:

1. A raíz de la experiencia de preparación, implementación y aplicación de los R- PP sobre políticas de REDD, en América Latina y el Caribe, los Pueblos Indígenas consideramos un imperativo establecer un Protocolo Internacional (Principios, reglas y procesos) para la relación institucional y permanente entre el Banco Mundial, FCPF y los Pueblos Indígenas sobre la implementación de los mecanismos y procesos REDD+ en todas sus etapas; que estén basados en la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).

Consideramos que dicho Protocolo Internacional debe elaborarse mediante un diálogo directo, transparente, equitativo y de fiel cumplimiento, entre el Banco Mundial y los Pueblos Indígenas del Abya Yala, a través de las organizaciones presentes en este Diálogo y ampliable a otras más, mediante un proceso, que deben ser apoyado por el FCPF y construido conjuntamente con nuestras organizaciones.

2. Los procesos REDD+ no deben ser continuados o implementados en aquellos países donde no se hayan respetado los derechos colectivos y territoriales de nuestros pueblos; ni efectuado las debidas consultas, con la participación efectiva de los pueblos, o donde se carecen de mecanismos institucionales para la preparación y ejecución de REDD+; hasta que dichos derechos fundamentales sean respetados y garantizados, con evaluaciones independientes al respecto. Lo que empieza o se prepara mal, no se podrá mejorar en las etapas siguientes.

3. Sobre la revisión de la Directiva Operacional 04.10 del Banco Mundial sobre Pueblos Indígenas, rechazamos el enfoque de diluirla o desaparecerla en una norma sobre “comunidades locales”. Nuestra solidaridad con ellas implica, no reducir derechos, sino al contrario ampliar lo ya conseguido por nuestros pueblos a dichas comunidades locales.

4. En cuanto a la capacitación y relación directa e institucional entre los Pueblos Indígenas, el FCPF y el Banco Mundial, las organizaciones de los Pueblos Indígenas articuladas en la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica COICA, la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI, el Consejo Indígena de Centro América CICA, Consejo Indígena de Meso América CIMA, la Red de Mujeres Indígenas por la Biodiversidad RMIB, el Consejo de Todas las Tierras, Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas, los representantes del Pueblo Saramaka y otros delegados de Pueblos Indígenas que suscriben esta resolución, conformaremos un equipo con organizaciones idóneas para establecer y efectuar las actividades denominadas de “Intermediarios Regionales”. Esta se formalizará ante el Banco Mundial y FCPF en un plazo que no exceda los 30 días y se solicita a dichas entidades, el apoyo para el proceso indígena que permita viabilizarlo.

Finalmente reiteramos nuestra firme disposición al dialogo tanto con el Banco Mundial y con el FCPF, con el objeto de definir el alcance y contenido del Protocolo Internacional, lo cual debe constituir la base para la relación firme y duradera en el futuro; para lo cual proponemos la continuidad de este Diálogo mediante un nuevo cronograma posterior al Diálogo global de Diciembre del 2012 en Doha.

Lima, 24 de agosto del 2012

Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica COICA
Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI
Consejo Indígena de Centro América CICA
Consejo Indígena de Meso América CIMA
Red de Mujeres Indígenas por la Biodiversidad RMIB
Consejo de Todas las Tierras
Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas